El aeropuerto de Viru Viru ya cuenta con una sala de lactancia materna en su área de preembarque internacional, habilitada para brindar un espacio adecuado, seguro y digno a las madres y sus hijas e hijos pequeños.
El espacio fue inaugurado este martes 14 de abril por UNICEF Bolivia y Navegación Aérea y Aeropuertos Bolivianos (NAABOL), en el marco de la celebración del mes de la niña y el niño en Bolivia y como parte de la alianza firmada en enero entre ambas instituciones, orientada a implementar espacios en favor de los derechos y el bienestar de niñas, niños y adolescentes en los aeropuertos del país.
La nueva sala de lactancia materna busca beneficiar a miles de pasajeras y pasajeros, ofreciendo un entorno apropiado para que las madres puedan amamantar o atender a sus bebés en condiciones adecuadas de privacidad, comodidad e higiene. Este espacio constituye una acción concreta en favor de la primera infancia y de la protección integral de la maternidad.
Importancia de la lactancia
El periodo comprendido entre la concepción y los dos primeros años de vida, conocido como los “1000 días de oro”, es fundamental para el desarrollo integral de niñas y niños. Durante esta etapa se define en gran medida su salud nutricional futura, así como aspectos esenciales vinculados al desarrollo de la inteligencia y a la formación de hábitos alimentarios saludables y sostenibles a lo largo de la vida.
La lactancia materna exclusiva se recomienda durante los primeros seis meses de vida y complementada con otros alimentos hasta por lo menos los dos años. Brinda protección frente a las infecciones más comunes de la infancia, contribuye al desarrollo saludable y fortalece el vínculo entre la madre y su hijo o hija.
Esta acción también se encuentra respaldada por el marco normativo boliviano. La Constitución Política del Estado, en el parágrafo V del artículo 45, establece que: “Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visión y práctica intercultural; gozarán de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y los periodos prenatales y postnatales”.
Asimismo, la Ley N° 548, Código Niña, Niño y Adolescente, dispone en el inciso a) del artículo 24 que corresponde al Estado proteger la maternidad garantizando “las condiciones necesarias para una gestación, alimentación y lactancia adecuada, así como las oportunidades necesarias para la continuidad de su desarrollo personal en los niveles educativos y laborales, tanto públicos como privados”. De igual manera, el inciso I del artículo 26 establece que “el Estado en todos sus niveles y las instituciones privadas, tienen que proporcionar las condiciones adecuadas para la lactancia materna”.
